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Preguntas frecuentes
Diferencia entre la unión marital de hecho y la sociedad patrimonial de hecho.
Es la convivencia entre dos personas en unión libre, que hace una comunidad de vida permanente y singular.
La sociedad patrimonial de hecho es el régimen económico y patrimonial que surge de la unión marital de hecho, y la unión marital de hecho es requisito para que pueda existir la sociedad patrimonial de hecho.
¿Si estoy casado puedo tener una unión marital de hecho?
El matrimonio previo no impide el reconocimiento de la unión; lo que impide es el nacimiento de la sociedad patrimonial de hecho.
Sin embargo, téngase en cuenta que uno de los requisitos para que exista y se reconozca la unión marital de hecho, es la singularidad, por lo que si existe convivencia con el cónyuge no puede existir singularidad y por tanto no puede declararse la unión marital de hecho al existir convivencia concomitante
¿Cómo se declara la unión marital de hecho?
Una vez se dan las condiciones para que exista una unión esta debe ser declarada, lo que se puede hacer de las siguientes formas:
Por mutuo consentimiento declarado mediante escritura pública ante Notario público
Por manifestación expresa mediante acta suscrita en un centro de conciliación.
Por sentencia judicial.